Categorías
Noticias Destacadas

Novedades de la orden de vedas de caza de la temporada 2019/2020

El pasado 2 de mayo de 2019, se publicó en el Boletín Oficial de la Región de Murcia la orden de vedas de caza para la presente temporada (Orden de 29 de abril de 2019, de la Consejería de Empleo, Universidades, Empresa y Medio Ambiente sobre periodos hábiles de caza para la temporada 2019/2020 en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia).

A continuación, pasamos a destacar las novedades más significativas que se han introducido en esta temporada:

En las especies de caza mayor, se autoriza la caza del arruí en los cotos incluidos en las zonas delimitadas que figuran en el Anexo VI de la presente Orden y según los cupos establecidos en la misma.

La caza del zorro con perros de madriguera: todos los días, desde el 12 de octubre de 2019 hasta el 6 de enero de 2020, ambos inclusive.

Se ha reducido el número máximo de piezas a cobrar por cazador y día para la tórtola europea y codorniz, siendo 5 por jornada y cazador.

En el aguardo o espera se podrá abatir jabalí para la prevención de daños y para frenar el riesgo de transmisión de la peste porcina africana cualquier día del año, y el zorro todos los días desde el 1 de mayo de 2019, hasta el 16 de febrero de 2020, ambos inclusive. A tener en cuenta la comunicación previa para aguardos, recechos, ganchos, batidas o monterías, mediante el modelo incluido en el procedimiento 7302 de la guía de procedimientos de la Región de Murcia, junto al mapa con los puntos donde se van a realizar los mismos.

Se elimina de la orden de vedas la ronda nocturna.

Se ha incluido una nueva modalidad en la Región de Murcia, la caza a diente de conejo con perros de raza podenco (ibicenco). Sólo estará autorizada en aquellos acotados cinegéticos que la tengan contemplada en el Plan de Ordenación Cinegética. Los cazadores, no podrán hacer uso de armas de fuego y sólo podrán auxiliarse de hasta 6 perros de raza podenco ibicenco por cazador u 8 por grupo de cazadores.

Para la liebre, se establece un cupo para todas las modalidades de caza de un máximo de 2 ejemplares por cazador y jornada de caza.

En el ámbito territorial de aplicación de la Orden de 15 de febrero de 2019 de la Consejería de Empleo, Universidades, Empresa y Medio Ambiente, sobre medidas para la prevención de daños causados por la proliferación de conejos, solo se podrá cazar al zorro en la modalidad de al salto, quedando prohibida su caza en el resto de modalidades.

Desde la Federación de Caza de la Región de Murcia estamos a su disposición ante cualquier duda que puedan tener al respecto.